Prestaciones INPS

Cómo solicitar la NASpI 2026: solicitud, requisitos y plazos

14 minutos de lecturaCAF Cinisello Balsamo

Cómo solicitar la NASpI 2026: solicitud, requisitos y plazos

Cómo solicitar la NASpI sin perder tiempo: la solicitud se envía al INPS dentro de los 68 días desde el fin del trabajo, es todo telemática y en 2026 la prestación llega hasta 1.584,70 euros al mes. Requisitos, fechas, importes y vías de envío se explican aquí abajo paso a paso. Si prefieres no equivocarte solo, el patronato del CAF de Cinisello Balsamo prepara y envía la solicitud contigo, en Via Oreste Terenghi 21/23.

Qué es la NASpI y a quién corresponde

Qué es la NASpI y a quién corresponde

Nadia trabajó nueve años como operaria de logística en un almacén de Sesto San Giovanni. En septiembre la empresa le comunicó que el contrato no se renovaría, y la primera pregunta que nos hizo en la oficina fue: ¿y ahora cómo pago el alquiler? La respuesta se llama NASpI, la Nueva Aseguración Social para el Empleo: es la prestación por desempleo que el INPS paga cada mes a quien pierde el trabajo sin haberlo elegido, precisamente para cubrir el periodo en el que se busca un empleo nuevo.

La NASpI no llega sola: hay que solicitarla, y quien la pide debe hacerlo en los plazos y con los documentos correctos. Corresponde a los trabajadores por cuenta ajena que pierden el empleo de forma involuntaria, incluidos aprendices, socios de cooperativas con relación laboral dependiente, personal artístico contratado con contrato por cuenta ajena y empleados a tiempo determinado de las administraciones públicas. No corresponde, en cambio, a quien dimita por voluntad propia o cierre la relación de acuerdo con la empresa, salvo las pocas excepciones que prevé la ley y que contamos más adelante.

En resumen

La NASpI es la prestación mensual por desempleo del INPS para quien pierde el trabajo de forma involuntaria. Se solicita online dentro de los 68 días, dura hasta 24 meses y en 2026 no puede superar los 1.584,70 euros brutos al mes. No llega automáticamente: sin solicitud no se cobra un euro.

Los requisitos: quién puede solicitar la NASpI en 2026

Los requisitos: quién puede solicitar la NASpI en 2026

Antes de preparar la solicitud conviene comprobar que se cumplen todos los requisitos, porque el INPS los verifica sobre las posiciones de cotización y las comunicaciones de los empresarios. Son pocos y bien definidos: si has trabajado con contrato por cuenta ajena regular en los últimos años, en la mayoría de los casos entras.

  • desempleo involuntario: tienes que haber perdido el trabajo por despido, fin de un contrato temporal o alguna de las otras causas previstas por la ley, y declarar la disponibilidad para trabajar en el Centro de Empleo con la DID;
  • al menos 13 semanas de cotización en los últimos 4 años, contadas antes del inicio del periodo de desempleo: también valen las cotizaciones figurativas de maternidad, los periodos de trabajo en el extranjero y las ausencias por enfermedad de los hijos;
  • el requisito de las 30 jornadas de trabajo efectivo en los últimos 12 meses fue suprimido por la Ley de Presupuestos de 2022, así que desde 2022 ya no hace falta;
  • no tienes que haber cumplido los requisitos para la jubilación ordinaria o anticipada, ni percibir el apoyo a la formación y el empleo.

Atención a una novedad importante: quien dimita voluntariamente de un trabajo indefinido y sea luego despedido del nuevo empleo solo puede cobrar la NASpI si en el nuevo trabajo ha acumulado al menos 13 semanas de cotización. Es la regla que introdujo la Ley de Presupuestos de 2025 para frenar a quien cambia de trabajo solo para que le despidan y así cobrar la prestación.

Cuando corresponde también sin despido

Hay casos en los que la NASpI corresponde aunque formalmente no haya habido despido, porque la ley considera igualmente involuntaria la pérdida del trabajo. Son: las dimisiones por causa justa, es decir, cuando la conducta de la empresa hace imposible continuar; las dimisiones durante el periodo protegido de maternidad, desde los 300 días antes del parto hasta el primer año del bebé; las dimisiones tras el permiso de paternidad dentro del primer año de vida del hijo; la extinción consensuada hecha en el procedimiento de conciliación ante la Dirección Territorial de Trabajo; la negativa a un traslado a una sede a más de 50 kilómetros de la residencia o que se pueda alcanzar con el transporte público en al menos 80 minutos; el despido disciplinario y la no renovación de un contrato temporal.

El caso de Youssef

Youssef trabaja de dependiente en Cinisello Balsamo desde hace seis años. En julio la empresa le propuso un traslado a un punto de venta a más de 60 kilómetros de casa: él lo rechazó por escrito y la relación se cerró con una extinción consensuada. Gracias a esa carta bien guardada, la solicitud de NASpI pasó sin problemas: la negativa a un traslado lejano es una de las causas que la ley reconoce.

Plazo para solicitarla: los 68 días que cuentan

Plazo para solicitarla: los 68 días que cuentan

Este es el punto en el que más gente pierde dinero. La solicitud de NASpI hay que presentarla, bajo pena de caducidad, dentro de 68 días, y el calendario arranca casi siempre del último día de trabajo. Sesenta y ocho días pasan deprisa: entre el fin del contrato, las vacaciones no disfrutadas y el tiempo de ordenar los papeles, el riesgo de pasarse de plazo es real. Nosotros siempre aconsejamos enviar la solicitud dentro de la primera semana.

  • con normalidad los 68 días se cuentan desde la fecha de extinción de la relación laboral;
  • si durante la relación hubo un periodo de maternidad, enfermedad o accidente indemnizado, el plazo arranca del final de ese periodo;
  • si hubo una disputa sindical o un proceso judicial, los 68 días empiezan desde la resolución de la disputa o desde la notificación de la sentencia;
  • en caso de despido por causa justa el plazo arranca del trigésimo octavo día tras el despido;
  • el plazo se suspende si dentro de los 68 días sobreviene una maternidad indemnizable, una enfermedad común indemnizable o un accidente: luego se retoma por los días que quedaban.

Un detalle que parece técnico pero marca la diferencia: si en los primeros ocho días tras la extinción encuentras otro trabajo de inmediato, no pierdes nada de lo que ya has generado, pero esa NASpI no arranca; cuando el nuevo contrato termine a su vez, tendrás que presentar una solicitud nueva. Más vale pensar con calma antes de enviar, pero sin dejar pasar las semanas.

Desde cuándo empieza la prestación

El inicio depende de la velocidad con que envíes la solicitud. Si la presentas dentro del octavo día desde la extinción, la prestación arranca del propio octavo día; si la presentas después del octavo día pero siempre dentro de los 68, arranca del día siguiente a la presentación. En el despido por causa justa vale el mismo mecanismo pero con el trigésimo octavo día en lugar del octavo. En la práctica: cuanto antes te muevas, más meses de prestación se te abonan.

El caso de Marta

Marta, empleada en Cinisello Balsamo, esperó a terminar las vacaciones y a rellenar el formulario con calma: envió la solicitud el cuadragésimo segundo día. La NASpI le fue concedida, pero arrancó de esa fecha y no del día siguiente al fin del contrato: casi dos meses de prestación perdidos por unos días de retraso.

Cómo se presenta la solicitud de NASpI

Cómo se presenta la solicitud de NASpI

La solicitud se presenta solo por vía telemática: en el formulario ya no se escribe nada a mano y no se envía ningún correo certificado. La plataforma del INPS que lo gestiona todo se llama ID 3.0 y es el único canal de envío, tanto para los ciudadanos como para los patronatos. Antes de todo, sin embargo, hay que declarar la disponibilidad para trabajar: la DID, la Declaración de Disponibilidad Inmediata, se hace en el Centro de Empleo competente y es la condición que abre la puerta al estado de desempleo.

Las tres vías para enviarla

  • por tu cuenta desde la web del INPS o desde la app oficial, entrando con SPID, Carta de Identidad Electrónica o CNS: es el camino más rápido para quien ya tiene las credenciales y se mueve con soltura entre los servicios online;
  • a través de un patronato, que por ley asiste a los ciudadanos: aquí en el CAF de Cinisello Balsamo preparamos y enviamos la solicitud por ti, comprobando antes requisitos, semanas de cotización y fechas;
  • llamando al Contact Center del INPS: 803 164 desde fijo o 06 164 164 desde móvil, con los costes que fije tu operador.

Por la vía que elijas, ten preparado un pequeño kit: documento de identidad, código fiscal, los datos del último empresario y de la relación extinguida, la carta de despido o de no renovación si la hay, y el IBAN de la cuenta en la que quieres recibir el abono, que debe estar a tu nombre o a nombre compartido. Si durante la relación seguía activo un contrato a tiempo parcial o ya estás trabajando, el asunto se complica un poco: el INPS pide declarar el ingreso anual previsto con el modelo NASpI-COM, y en ese caso pedir ayuda ahorra tiempo.

Qué preparar antes

Documento de identidad y código fiscal, datos de la relación laboral extinguida, carta de despido o de cierre del contrato, IBAN de la cuenta a tu nombre, y la confirmación de la DID hecha en el Centro de Empleo. Si tienes otro contrato aún en vigor o abres una partita IVA, prepara también la estimación del ingreso que prevés obtener.

Cuánto se cobra y cuánto dura la NASpI

El importe de la NASpI se calcula sobre la retribución computable a efectos de cotización de los últimos cuatro años: se divide entre el número de semanas de cotización y el resultado se multiplica por 4,33, obteniendo la retribución media mensual. Si esa cifra es inferior al umbral de referencia que el INPS actualiza cada año, la prestación equivale al 75 por ciento de la retribución media. Si es superior, se cobra el 75 por ciento del umbral más el 25 por ciento del exceso, hasta el máximo.

  • umbral de referencia 2026: 1.456,72 euros al mes, fijado por la circular número 4 del 28 de enero de 2026;
  • importe máximo mensual 2026: 1.584,70 euros brutos, frente a los 1.562,82 euros de 2025;
  • duración de la NASpI: un número de semanas igual a la mitad de las semanas de cotización de los últimos cuatro años, con un máximo de 24 meses;
  • reducción del 3 por ciento al mes, el llamado décalage, a partir del primer día del sexto mes de disfrute; para quien ha cumplido 55 años la reducción se traslada al octavo mes;
  • los meses de NASpI están cubiertos por cotización figurativa, así que no desaparecen de tu extracto de cuenta de cotización.

Un ejemplo ayuda a entenderlo. Si en los últimos cuatro años has ganado de media 1.800 euros brutos al mes, la NASpI no será de 1.350 euros: el cálculo toma el 75 por ciento del umbral de 1.456,72 euros y le suma el 25 por ciento de la diferencia, y el resultado se queda por debajo del tope de 1.584,70 euros. Si en cambio tu retribución media era de 1.200 euros, la prestación es el 75 por ciento de esa cifra, es decir, 900 euros al mes. El pago llega cada mes, con normalidad abonado en la cuenta que indicaste en la solicitud.

Las cifras de 2026

Umbral de referencia: 1.456,72 euros. Máximo mensual: 1.584,70 euros brutos. Porcentaje base: 75 por ciento. Duración: mitad de las semanas de cotización de los últimos 4 años, hasta un máximo de 24 meses. Reducción mensual del 3 por ciento desde el sexto mes, desde el octavo mes para quien tiene más de 55 años.

Trabajar o abrir una partita IVA mientras cobras la NASpI

La NASpI no te encierra en casa: puedes buscar trabajo, aceptar un contrato corto o intentar montarte por tu cuenta. Solo tienes que respetar dos reglas, una de cifras y otra de comunicaciones. Las cifras tienen que ver con el ingreso que vayas a obtener: por debajo de determinados umbrales la prestación continúa pero se reduce, por encima de los umbrales cambia de régimen. Los umbrales varían según el tipo de actividad, por eso antes de firmar cualquier contrato conviene hacer unas cuentas con quien conoce la materia.

  • con un nuevo trabajo por cuenta ajena la NASpI es compatible hasta 8.000 euros de ingreso anual y se reduce en el 80 por ciento del ingreso obtenido, prorrateado entre los meses que quedan; si el contrato dura hasta 6 meses la prestación se suspende y luego se reanuda, si dura más o es indefinido sin comunicaciones se caduca;
  • con una colaboración coordinada y continuativa el umbral de compatibilidad es de 4.800 euros anuales;
  • con una actividad autónoma o una partita IVA el umbral a no superar para quedarse en el régimen de reducción es de 5.500 euros anuales;
  • con el trabajo ocasional, libreta o bonos, se puede acumular todo hasta 5.000 euros al año sin perder nada;
  • si inicias una actividad autónoma también puedes pedir la NASpI anticipada, que desde 2026 se abona en dos plazos: el 70 por ciento de inmediato y el 30 por ciento al final de la duración de la NASpI y en cualquier caso dentro de 6 meses, previa comprobación de que no hayas encontrado un nuevo trabajo.

La regla de las comunicaciones es la que causa más daños: cada vez que empiezas una actividad, aunque ganes cero, tienes que comunicarlo al INPS con el modelo NASpI-COM dentro de un mes, declarando el ingreso anual previsto. La comunicación hay que renovarla cada año en las actividades autónomas y parasubordinadas. Si no la haces, la prestación caduca y el INPS reclama lo ya pagado: por eso tantas solicitudes que parecen en regla acaban con un reintegro de cantidades.

Comunicar es obligatorio

Contrato nuevo, partita IVA abierta, colaboración ocasional: todo se comunica al INPS con el modelo NASpI-COM dentro de un mes, incluso cuando el ingreso previsto es cero. El plazo para renovar la declaración es el 31 de enero de cada año. Quien se salta la comunicación caduca de la NASpI y tiene que devolver las mensualidades ya cobradas.

Preguntas frecuentes sobre la NASpI

Estas son las preguntas que más nos hacen en el mostrador, con respuestas breves. Si tu caso no encaja en ninguna de estas situaciones, llama o pasa por la oficina: cada relación laboral tiene sus matices y la respuesta exacta depende de los documentos.

Preguntas que más nos hacen

¿Cómo solicitar la NASpI paso a paso?

Primero se declara la disponibilidad para trabajar con la DID en el Centro de Empleo, luego se envía la solicitud telemática al INPS dentro de los 68 días desde la extinción, por tu cuenta con SPID o CIE desde la web del INPS, a través de un patronato o llamando al Contact Center. Como anexos hacen falta los datos de la relación extinguida y el IBAN de la cuenta a nombre de quien solicita.

¿Cuáles son los requisitos de la NASpI en 2026?

Hacen falta el desempleo involuntario, al menos 13 semanas de cotización en los últimos 4 años y la DID en el Centro de Empleo. El requisito de las 30 jornadas de trabajo efectivo fue suprimido por la Ley de Presupuestos de 2022. No acceden quienes ya cumplen los requisitos para la jubilación ni quienes perciben el apoyo a la formación y el empleo.

¿En qué plazo hay que presentar la solicitud de NASpI?

Dentro de los 68 días desde la extinción de la relación laboral, bajo pena de caducidad. En algunos casos el plazo arranca de otra fecha, por ejemplo del final de un periodo de maternidad, enfermedad o accidente indemnizado, y se suspende si uno de estos eventos sobreviene dentro de los 68 días.

¿Cuánto se cobra de NASpI y cuánto dura?

La prestación es el 75 por ciento de la retribución media mensual de los últimos 4 años, con la fórmula que añade el 25 por ciento de la parte que supera el umbral de referencia de 1.456,72 euros. El máximo de 2026 es de 1.584,70 euros brutos al mes y la duración equivale a la mitad de las semanas de cotización de los últimos 4 años, hasta 24 meses, con reducción del 3 por ciento al mes desde el sexto mes.

¿Puedo trabajar mientras cobro la NASpI?

Sí, respetando umbrales de ingreso y comunicaciones: con un trabajo por cuenta ajena hasta 8.000 euros anuales la prestación se reduce en el 80 por ciento del ingreso, con una colaboración el umbral es de 4.800 euros, con partita IVA 5.500 euros, con el trabajo ocasional se acumula hasta 5.000 euros. Toda actividad hay que comunicarla al INPS con el modelo NASpI-COM dentro de un mes, so pena de caducidad.

Recomendados

Patronato — todos los servicios

Contactar

Nos encuentras en Via Oreste Terenghi, 21/23, 20092 Cinisello Balsamo (MI), frente a la ASL. Llámanos o escríbenos por WhatsApp para pedir cita. Presupuesto siempre comunicado antes de empezar. Te esperamos en Via Oreste Terenghi, 21/23, 20092 Cinisello Balsamo (MI).

Opiniones

Opiniones en Google — CAF Cinisello Balsamo

50+ Opiniones en Google · frente a la ASL de Cinisello Balsamo

4.850+ Opiniones
Google Maps

Dónde estamos

Dónde estamos — CAF Cinisello Balsamo

Via Oreste Terenghi, 21/23, 20092 Cinisello Balsamo (MI) — frente a la ASL de Cinisello Balsamo.

Via Oreste Terenghi, 21/23 — 20092 Cinisello Balsamo (MI)Abrir el mapa →
LlamarServiciosWhatsAppMapa