Fechas fiscales
Vencimientos F24 del tercer trimestre: anticipo, IVA y qué hacer si llegas tarde
13 minutos de lecturaCAF Cinisello Balsamo

Los vencimientos del F24 del tercer trimestre no terminan el 30 de septiembre: los pagos de julio, agosto y septiembre se cierran entre octubre y noviembre, y el modelo F24 sirve tanto para ingresar como para compensar. Hay cuatro citas que conviene tener presentes: el 30 de septiembre para saldo y primer anticipo, el 16 de octubre, el IVA del tercer trimestre del 16 de noviembre y el segundo anticipo del 30 de noviembre. Aquí abajo tienes las fechas de 2026, los códigos tributo correctos y qué hacer cuando se te ha escapado un vencimiento.
Qué ocurre en el tercer trimestre con el F24

El F24 es el modelo con el que en Italia se liquidan casi todos los impuestos: se rellena una sola vez y el importe se descuenta de la cuenta o se ingresa en ventanilla, con los créditos que se compensan en la misma línea con los débitos. El tercer trimestre abarca de julio a septiembre: para quien liquida el IVA cada tres meses es el trimestre que se identifica con el código 09, y para quien paga los impuestos en la declaración es el trimestre que cuadra la cuenta con junio.
La confusión viene de las fechas. El dinero del tercer trimestre no sale todo en septiembre: el primer vencimiento importante es incluso anterior, el 20 de agosto por el IVA del segundo trimestre, y después llegan el 16 de octubre, el 16 de noviembre y el 30 de noviembre, con el 16 de diciembre como última oportunidad para quien decide pagar a plazos. En resumen, quien prepara el F24 con el calendario de septiembre en la cabeza se encuentra con tres sorpresas en otoño.
En pocas palabras
El tercer trimestre se paga en cuatro pasos: 30 de septiembre como fecha límite para saldo y primer anticipo, F24 del 16 de octubre con las retenciones de septiembre, IVA del tercer trimestre antes del 16 de noviembre y segundo anticipo antes del 30 de noviembre. Quien fracciona llega hasta el 16 de diciembre. Un F24 mal relleno se corrige; un F24 olvidado se regulariza mediante el ravvedimiento.
Las fechas de 2026 para apuntar en el calendario

Esta es la lista de los días que marcan el ritmo del F24 en el tercer trimestre. Las fechas corresponden a 2026: cuando el vencimiento cae en sábado o en domingo el pago se puede hacer sin problema el primer día laborable siguiente, sin sanciones y sin intereses.
- 30 de septiembre de 2026: fecha límite para abonar el saldo de 2025 y el primer anticipo de 2026 con el recargo del 0,40% por cada mes o fracción de mes;
- 16 de octubre de 2026: F24 del mes de septiembre, con IVA mensual, retenciones del IRPF, addicionales regionales y municipales y cuotas del INPS, más la cuota del saldo de IVA 2025 y de los plazos ya abiertos;
- 2 de noviembre de 2026: modelo IVA TR del tercer trimestre para quien tenga un crédito que compensar o que solicitar a devolución, aplazado al lunes porque el 31 de octubre es sábado;
- 16 de noviembre de 2026: ingreso del IVA del tercer trimestre con el recargo del 1% y F24 del mes de octubre;
- 30 de noviembre de 2026: segundo anticipo del IRPF, del IRES y del IVA, comunicaciones LIPE del tercer trimestre e impuesto de timbre sobre las facturas electrónicas de los tres primeros trimestres;
- 16 de diciembre de 2026: última fecha para fraccionar el segundo anticipo y última cuota para quien ha dividido el saldo de junio.
Un detalle que ahorra tiempo: el 30 de noviembre es lunes, así que no hay aplazamientos, mientras que las declaraciones de finales de octubre se trasladan al 2 de noviembre. Aun así conviene no esperar al último día: una transferencia enviada tarde o una cuenta momentáneamente descubierta es la causa más frecuente de un pago fuera de plazo.
30 de septiembre: la fecha límite de saldo y anticipo
El saldo de los impuestos de 2025 y el primer anticipo de 2026 se pagan con normalidad antes del 30 de junio, o antes del 30 de julio con el recargo del 0,40%. El 30 de septiembre es el tercer y último escalón: todavía se puede pagar todo junto, pero el recargo del 0,40% se aplica por cada mes o fracción de mes iniciado el 30 de junio. Quien pagó en julio y después descubre que ingresó de menos puede regularizar la diferencia justo en esa fecha, siempre con el recargo.
16 de octubre y 16 de noviembre: las dos etapas del F24
El 16 de octubre el F24 recoge los pagos de septiembre: IVA mensual para quien liquida cada mes, retenciones del trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, addicionales regionales y municipales, cuotas del INPS de los empleados y de la Gestión Separata. El 16 de noviembre, en cambio, llega el IVA del tercer trimestre para quien trimestraliza, con el 1% de intereses que se suma al impuesto: es un pequeño recargo previsto por la ley, no un error de cálculo, y hay que indicarlo en el mismo modelo.
El caso de Marleni
Marleni tiene una tienda de ropa cerca de la estación de Cinisello y liquida el IVA cada tres meses. En octubre pagó el F24 de septiembre pensando que ya tenía las cuentas al día; en noviembre, en cambio, le llegó el aviso del IVA del tercer trimestre. En la oficina comprobamos el periodo de referencia en el modelo, añadimos el 1% de intereses y lo cerramos todo en diez minutos. Una revisión previa le habría ahorrado un día de preocupaciones.
El anticipo: quién lo tiene que ingresar y cuánto pesa

El anticipo es como un adelanto de los impuestos del año en curso: se calcula en función de lo que se pagó el año anterior y se ingresa en dos partes, el 40% antes del 30 de junio y el 60% restante antes del 30 de noviembre. Es el método histórico, el que usa casi todo el mundo: si el impuesto del año pasado fue de mil euros, este año se ingresan cuatrocientos euros en junio y seiscientos en noviembre, sin tener que hacer previsiones.
- quien se estrena este año en actividad no ingresa ningún anticipo, porque no hay impuestos anteriores sobre los que calcularlo;
- quien tiene un impuesto del año anterior por debajo del mínimo de 51,65 euros no está obligado al pago;
- quien presenta el 730 con sustituto tributario ve descontado el segundo anticipo en la nómina, normalmente en noviembre;
- quien tiene derecho a un anticipo reducido puede comunicárselo al sustituto antes del 12 de octubre, sin esperar a la regularización final;
- el segundo anticipo no admite fraccionamiento en el sentido clásico: solo se puede dividir hasta el 16 de diciembre con las reglas de los pagos a plazos.
Dos cifras ayudan a orientarse. Si el anticipo total no supera los 257,52 euros la primera cuota sería tan pequeña que no tendría sentido: en ese caso todo se ingresa el 30 de noviembre, de una sola vez. Y si el impuesto del año anterior no supera los 51,65 euros el anticipo no se ingresa. Cuidado también a no confundir el anticipo de los impuestos sobre la renta con el anticipo de IVA de diciembre, que es un pago distinto y vence el 27 de diciembre. Y si el año ha salido peor de lo previsto el anticipo se puede reducir: basta con un cálculo serio antes de pagar, porque ingresar de menos expone al ravvedimiento, mientras que ingresar de más significa prestar dinero al Estado hasta la siguiente declaración.
Cuánto pesa en el presupuesto
Para un comerciante pequeño de la zona, como Manuel, que lleva una frutería en el centro de Cinisello, el segundo anticipo casi siempre es la cuota más pesada del año: el 60% del impuesto de una sola vez, a pocas semanas de la cuota de noviembre del saldo. Quien lo sabe de antemano aparta una cifra fija todos los meses y llega a noviembre sin descuadrar la caja.
Cómo se rellena el F24 del tercer trimestre

La parte más delicada del modelo no es calcular el importe, sino indicar bien el código tributo, el periodo y el año de referencia. Son tres números con los que la Agenzia delle Entrate relaciona el pago con el vencimiento correcto: si uno de los tres está mal, el pago queda a saldo de una línea distinta y el vencimiento se queda sin cubrir.
Los códigos que hacen falta más a menudo
- IVA trimestral: códigos del 6031 al 6034, uno por cada trimestre; para el tercer trimestre se usa el periodo 09;
- IVA mensual: códigos del 6001 al 6012, uno por cada mes de referencia;
- anticipo de IVA de diciembre: 6013 para los mensuales y 6035 para los trimestrales;
- saldo anual de IVA: 6099;
- saldo y anticipos del IRPF: 4001 para el saldo, 4033 para la primera cuota del anticipo y 4034 para la segunda cuota o para el anticipo de una sola vez;
- sanciones e intereses del ravvedimiento: 8904 y 1991 para el IVA, 8901 y 1989 para el IRPF.
Las columnas que se rellenan mal
En la sección Erario del modelo se indican el código tributo, el año de referencia y el periodo: este último es obligatorio solo en los pagos periódicos, y para el tercer trimestre de IVA es el código 09. En las columnas de los importes a crédito, en cambio, se insertan los créditos que se quieren compensar, como las addicionales pagadas de más o los créditos impositivos. Un F24 que compensa un crédito inexistente se rechaza y el pago no se concreta: el control llega en pocos días, pero para entonces el vencimiento ya ha pasado.
Si te saltaste el vencimiento: el ravvedimiento operoso
Un F24 pagado con retraso no es una catástrofe, pero lo es si se ignora. Sin ninguna regularización, la sanción ordinaria por el impago llega hasta el 30% del impuesto, más los intereses legales. Con el ravvedimiento operoso, en cambio, se paga una sanción reducida que crece con los días de retraso, más los intereses calculados al tipo legal, que desde el 1 de enero de 2026 es del 1,6% anual.
- de 1 a 14 días de retraso: la sanción parte del 0,08% el primer día y llega al 1,16% el decimocuarto;
- de 15 a 30 días: sanción del 1,25% sobre el impuesto no ingresado;
- de 31 a 90 días: sanción del 1,39%;
- de 91 días a un año: sanción del 3,12%;
- más de un año: sanción del 3,57%, con un riesgo bastante más concreto de recibir una comprobación.
Una cuenta concreta
Mil euros de IVA ingresados con ocho días de retraso: la sanción reducida es del 0,66%, es decir 6,60 euros, más los intereses legales del 1,6% anual calculados por los días de retraso, que en este caso suman unos pocos céntimos. Con el pago espontáneo la cuenta cierra por debajo de 8 euros de más; esperando la notificación, esos mismos mil euros habrían llegado hasta 300 euros de sanción.
Cómo se hace en la práctica
Se rellena un F24 nuevo con el impuesto no ingresado, la sanción reducida en el código tributo correspondiente y los intereses calculados por los días de retraso. El importe se paga todo junto, y el justificante del modelo regularizado se guarda junto al primero: es la prueba de que el retraso se ha subsanado de manera espontánea. En la oficina preparamos nosotros los tres importes y comprobamos que los códigos sean los correctos.
Los errores que vemos más a menudo en el mostrador
Cada semana llegan a nuestro mostrador F24 que hay que corregir o resolver con prisa. Los errores son casi siempre los mismos, y para evitarlos basta una comprobación de dos minutos antes de enviar el modelo.
- periodo de referencia equivocado: el tercer trimestre de IVA es el 09, no el 12 ni el mes de pago;
- año de referencia erróneo: el IVA del tercer trimestre de 2026 se paga con año 2026, mientras que el saldo de IVA de 2025 lleva un año distinto;
- olvidar el recargo del 1% en los pagos trimestrales de IVA;
- confundir el F24 ordinario, el simplificado y el predeterminado: el primero sirve a los contribuyentes con varios tributos, el segundo para los pagos más sencillos y el tercero llega ya relleno por la Agenzia;
- pagar fuera de plazo y esperar a que llegue la notificación: cada día que pasa aumenta sanciones e intereses.
El pago que se puede adelantar
Una buena noticia: nadie prohíbe pagar un F24 antes del vencimiento. Se puede ingresar incluso con varios días de antelación, siempre que se indiquen el periodo y el año correctos: el pago se concreta igualmente y no se pierde el vencimiento. Es la elección acertada para quien sabe que a mediados de mes la cuenta está más ajustada, o para quien quiere quitarse el asunto de encima antes de marcharse.
Cuando el vencimiento cae en sábado
Si la fecha de vencimiento cae en sábado o en día festivo, el pago se considera puntual si se realiza el primer día laborable siguiente. Pasa a menudo: en 2026, por ejemplo, el 31 de octubre es sábado y las obligaciones de ese día se trasladan al lunes 2 de noviembre. Mejor comprobar siempre el calendario en lugar de fiarse de la memoria.
Preguntas frecuentes sobre los vencimientos del F24
Las respuestas a las preguntas sobre el F24 que más nos hacéis en el mostrador. Si la tuya no está aquí, llámanos o escríbenos por WhatsApp: la primera consulta en nuestra oficina es gratuita y se atiende solo con cita previa. Nuestro patronato de Cinisello Balsamo está en Via Oreste Terenghi 21/23, 20092 Cinisello Balsamo (MI), y hacemos seguimiento de los pagos de trabajadores, jubilados y pequeños negocios de la zona, de Cinisello a Sesto San Giovanni, Muggiò, Brugherio y Cologno Monzese: desde la revisión del F24 hasta su relleno, pasando por el ravvedimiento de un pago olvidado.
Preguntas que más nos hacen
¿Cuáles son los vencimientos del F24 del tercer trimestre?
Son cuatro: el 30 de septiembre como fecha límite para saldo y primer anticipo con el recargo del 0,40%, el 16 de octubre para el F24 con las retenciones y las cuotas de septiembre, el 16 de noviembre para el IVA del tercer trimestre y el 30 de noviembre para el segundo anticipo. Quien fracciona puede terminar los pagos antes del 16 de diciembre.
¿Qué pasa si pago el F24 después del vencimiento?
El pago tardío expone a una sanción que llega hasta el 30% del impuesto más los intereses legales. Con el ravvedimiento operoso la sanción baja a porcentajes que crecen con los días de retraso, desde el 0,08% el primer día hasta el 1,25% entre los 15 y los 30 días, y todo se paga con un único F24.
¿Puedo pagar un F24 antes del vencimiento?
Sí, el pago anticipado siempre es posible y no conlleva sanciones: basta con indicar el periodo y el año de referencia correctos. Quien sabe que en la segunda mitad del mes la tesorería está más justa puede adelantar el pago y guardar el justificante.
¿Cuánto cuesta pagar un F24?
El F24 es gratuito como modelo: la mayoría de los bancos no aplica comisiones por el pago desde la banca por internet o desde la aplicación, mientras que en la ventanilla de una entidad bancaria o de Correos puede haber un gasto de gestión. El coste real del modelo está en los retrasos: sanciones e intereses que se evitan pagando en plazo.
Si el vencimiento cae en sábado, ¿cuándo tengo que pagar?
El pago se puede hacer el primer día laborable siguiente, sin sanciones ni intereses. Vale para todos los pagos con F24: si el vencimiento cae en sábado, en domingo o en día festivo, el pago sigue siendo puntual si se ejecuta el lunes o el primer día hábil.
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